Más flexibilizaciones: eliminan la restricción de circulación nocturna y amplían aforo en algunas actividades
Conforme a las flexibilizaciones que viene adoptando el Gobierno provincial frente a la pandemia por Covid-19, se emitió un nuevo Decreto N°1809 el cual amplía la capacidad de aforo de ciertas actividades y eliminan las restricciones de circulación durante la noche, entre sus puntos más sobresalientes. Cabe señalar que la derogación de estas restricciones no modifican los horarios establecidos referidos al funcionamiento de ciertas actividades.
Las medidas dispuestas tendrán vigencia a partir de hoy 25 de agosto y hasta el 25 de septiembre inclusive. Las mismas, según reza el decreto, son de carácter complementario con todas las disposiciones en materia sanitaria vinculadas a las medidas de bioseguridad y de distanciamiento social preventivo y obligatorio.
Cabe destacar que el mismo ratifica la obligatoriedad del Pasaporte Chaco.
Así las cosas, las flexibilizaciones dispuestas en el nuevo decreto son las siguientes:
Reuniones sociales en espacios al aire libre y cerrados: con ampliación de aforo de hasta un 75% y con un máximo de duración de hasta 3 horas. En espacios cerrados, que también incluye casas de familia, sólo podrán concurrir aquellos que cuenten con el Pasaporte Chaco en estado verde.
En tanto, se ratifican las multas y sanciones oportunamente dispuestas en caso de incumplimiento.
Casinos, cines, teatros y auditorios se encuentran habilitados para quienes cuenten con el Pasaporte Chaco en estado verde.
Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general se encuentran habilitadas con un 75% de aforo de la superficie general, incluyendo locales de centros comerciales y shopping. Respecto a los Call Centers, se habilita el funcionamiento con aforo al 75% de su capacidad.
Gastronomía, restaurantes y bares se encuentran habilitadas en espacios al aire libre y en espacios cerrados exclusivamente para quienes cuenten con el Pasaporte Chaco en estado verde.
En tanto respecto de los gimnasios, clubes, actividades físicas y deportivas, como para las iglesias, cultos, celebraciones religiosas se ratifican las disposiciones del Decreto N°1581/2021.
Mientras que, para las plazas y parques siguen vigentes las medidas dispuestas en el Decreto N° 1356/2021. Se aclara en este último punto que la autoridad de aplicación podrá disponer los procedimientos, controles y/o desalojos que resulten necesarios a efectos del cumplimiento de lo dispuesto.
Transporte: se ratifica la capacidad de ocupación habilitada del 100% de cada unidad con uso de tapabocas obligatorio. Se aclara que en los horarios de mayor requerimiento se podrá ampliar hasta 20 pasajeros de pie.
Turismo: se encuentra habilitado el transporte y los viajes grupales de hasta 10 personas que -exclusivamente- cuenten con Pasaporte Chaco en estado verde. No se encuentra permitido el desarrollo de viajes y/o tours de egresados y egresadas o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años y/o de grupos de riesgo.
Peloteros y/o espacios de recreación infantil: habilitados en espacios al aire libre y en espacios cerrados exclusivamente para personas con Pasaporte Verde, con reducción de aforo al 75%.
Peloteros y/o espacios de recreación infantil: habilitados en espacios al aire libre y en espacios cerrados exclusivamente para personas con Pasaporte Verde, con reducción de aforo al 75%
Sistema Educativo provincial: se ratifica lo dispuesto por Decreto N° 1581/2021.
Administración pública provincial: se ratifican las medidas que propicien la realización del trabajo remoto en todas aquellas áreas y/o actividades que así lo permitan.
Continúan los turnos de trabajos rotativos, debiendo cumplirse la reducción de aforo al 75% de la superficie disponible de cada oficina, repartición y/o dependencia. Además, se dispone que las autoridades podrán convocar el retorno a la actividad laboral de manera presencial a quienes hayan recibido al menos una dosis de cualquiera de las vacunas contra el Covid-19, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurrido 14 días de inoculación con ciertas excepciones.
Restricción de circulación: se derogan las disposiciones de restricción de circulación nocturna, debiendo las actividades habilitadas dar cumplimiento a las normas específicas que regulan las mismas en el contexto de pandemia vigente.
Ingreso y Circulación: se ratifican los requisitos de ingreso y circulación en la provincia; las personas con Pasaporte Chaco en estado amarillo deberán presentar constancia de hisopado negativo con fecha que no exceda las 72 horas a la fecha de ingreso a la provincia; mientras que las personas con Pasaporte Chaco en estado verde, tendrán libre ingreso y circulación por la provincia.
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