BARRANQUERAS: “LA MALA ADMINISTRACIÓN DE MAGDA AYALA DEJA A TRABAJADORES SIN SUELDO” DIJO ROA
Decreto Provincial N° 1176/2021 que define las medidas sanitarias que tendrán vigencia desde el 31 de mayo hasta el 9 de junio inclusive
Firmamos el Decreto Provincial N° 1176/2021 que define las medidas sanitarias que tendrán vigencia desde el 31 de mayo hasta el 9 de junio inclusive. La norma mantiene algunas de las medidas del decreto anterior, y habilita actividades específicas.
Se mantienen las siguientes medidas:
👉🏼 Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.
👉🏼 Casinos – Cines: Deberán permanecer cerrados.
👉🏼 Parques, Plazas, Espacios públicos: no se permite.
👉🏼 Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22:00 horas y las 06:00 de cada día exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
👉🏼 Alarma Sanitaria: A partir de las 21 hs.
👉🏼 Permisos de Ingreso y circulación: Obligatoriedad para circular.
👉🏼 Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.
👉🏼 Administración Pública Provincial: Suspensión de términos y plazos administrativos en los tres poderes del Estado provincial.
👉🏼 Se dispone que los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.
👉🏼 Sistema Educativo Provincial: Suspensión de clases presenciales en todas las modalidades y niveles educativos y se ratifica el dictado de clases a través de la plataforma digital “ELE”.
👉🏼 Actividad y locales comerciales esenciales: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales en el horario habilitado con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.
Se incorporan las siguientes medidas:
🔹 Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 hs. A partir de las 22 hs y hasta las 24 hs se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).
🔹 Gimnasios – Clubes - Actividades Físicas y Deportivas: A fin del restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:
👉🏼 Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes, miércoles y viernes en el horario comprendido entre las 6:00 y las 18:00 horas, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.
👉🏼 Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.
A nivel general no se encuentra permitido:
🔸️ La práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre.
🔸️ El desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas.
🔸️ El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.
Con respecto a:
👉🏼Transporte: Habilita el uso de hasta un 50% de aforo en las unidades – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con Pasaporte Chaco.
👉🏼Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se permite de 7 a 20:30 hs con atención reducida de personas en el local.
👉🏼Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas al aire libre con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible. En ningún caso la reunión religiosa podrá exceder de 100 personas.
👉🏼Jardines – Guarderías: se habilita funcionamiento
👉🏼Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención via remoto y por audiencias virtuales.
Chaco Gobierno de Todos
Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario